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La Procuraduría General de la Nacion solicita a la juez proferir fallo absolutorio a favor del coronel,Luis Alfonso Plazas Vega.

El Ministerio Publico considero que NO existen pruebas de su culpabilidad.[Leer mas]

Prensa Escrita
Por amor al odio
Con la caída del muro de Berlín en 1989, el mundo dejo de ser bipolar para pasar a ser supuestamente unipolar, teniendo como hegemón a los EEUU. Por eso se enquisto un discurso antiimperialista y facilista como el de ciertos gobiernos “progresistas” de Latinoamérica y otro más estructural y preocupante entre globalización, glocalización y nacionalismos con en oriente medio, como lo describía en 1996 Huntington. La izquierda mientras tanto en Europa y en otras regiones se enquistó en ciertas instancias académicas en donde algunos miembros de los grupos al margen de la ley de América Latina se han educado durante años. También esa izquierda trasnochada y recalcitrante se adueño en escenarios comunitarios de temas de derechos humanos. Hay que decir, en honor a la verdad, que no hacen parte de este movimiento todos los grupos de izquierda, sino aquellos grupos pseudodefensores de los derechos humanos pero de sólo unos cuantos.


Al finalizar la segunda guerra mundial y con el ánimo de no dejar en la impunidad los crímenes cometidos por los perdedores - claro, los vencedores fueron los que impartieron justicia - se crearon tribunales que juzgaron ex post facto, a los principales líderes nazis y japoneses. En defensa de la justicia se cometieron toda serie de injusticias y se acabo de facto con el derecho penal liberal defendido por Beccaria. Los tribunales militares aliados, principalmente los norteamericanos de Dachau, generaron justicia de venganza como en el famoso episodio de la masacre de Malmédy en donde 27 miembros de las SS fueron perseguidos por un fiscal de origen judio. Sobre esos precedentes se montó buena parte del actual derecho penal internacional. ¡Qué pena!

Por otro lado, aquellos izquierdistas recalcitratantes, sustentados en el odio al poder, en el odio hacía el estado, en el odio hacía las Fuerzas Armadas, en la venganza, fueron aprovechándose de innegables realidades, como las oprobiosas dictaduras latinoamericanas, asiáticas, africanas y también europeas. La arquitectura de los derechos humanos, esbozada en la declaración universal de 1948, tan cara para nosotros, fue cooptada por ciertos sectores que construyeron todo un discurso filosófico, sociológico, antropológico e histórico sobre el triunfo del pueblo sobre el poder del soberano a través de los derechos civiles y políticos. Argumentaron y todavía hoy lo hacen, que los derechos inalienables son un triunfo sobre el poder ilimitado del Estado. Habrá que aceptar igualmente que en buena medida hay razón en los argumentos, pero que estos han sido tergiversados y desviados al punto de convertir lo que es sagrado para todos en armas de guerra de unos cuantos.

Con base en esos criterios los grupos armados al margen de la ley de extrema izquierda en América latina, aprovechando la doctrina de la combinación de todas las formas de lucha, empezaron a entender con claridad que a un ejército regular y organizado se le puede derrotar con la sencillez de la palabra. Por eso hace pocos años me decía un desmovilizado del bloque oriental; “Doctor, es más peligroso un miliciano con el código penal que un encuadrillado con un AK – 47.”

Con la relativización del derecho penal y sus principios, era razonable que tarde o temprano se terminarán formulando tesis para perseguir a supuestos delincuentes amparados ora por jurisdicciones nacionales o bien por tribunales castrenses, como en el caso de los generales y coroneles latinoamericanos (algunos de izquierda).

Y cómo sólo era cuestión de tiempo, y poco a poco se venía abriendo paso la prevalencia del derecho internacional de los derechos humanos sobre las normas internas de los estados, con la consecuente necesidad de perseguir a los grandes criminales. Obviamente a los del estado; habida cuenta que los delitos políticos eran susceptibles de ser amnistiados, indultados, y para ellos existía el maravilloso mundo del asilo. Vigente todavía. Se comenzó a verificar la importancia de la aplicación absoluta del principio de extraterritorialidad del derecho penal, utilizando como principal herramienta la extradición.

Surgen entonces los criterios belgas y de los países bajos para perseguir a terroristas internacionales, y apegados a esa posición, jueces como Baltazar Garzón, que pasará a la historia por dos hechos. El primero, haberle abierto una causa penal al General Pinochet por la muerte de españoles durante su dictadura. Y el segundo, haber relativizado tanto el principio de legalidad (nullum crimen sine legem previa, scripta, estricta), que acabo con el debido proceso de facto, al pretender juzgar los hechos del franquismo violatorios de los derechos humanos.

Con base en esa relativización de los principios del derecho penal, so pretexto de perseguir graves hechos constitutivos de crímenes de lesa humanidad, se presentaron casos como los de los capitanes Cavallo y Scilingo en España con enfrentamientos doctrinales en donde se resalta la posición de Alicia Gil Gil, defensora del derecho penal liberal, frente a Margarita Capella I Roig, defensora a ultranza del principio de jurisdicción universal llevado al extremo.



Teniendo en cuenta todos estos precedentes, juristas alemanes, franceses, españoles, esbozaron toda una teoría en relación con los crímenes nucleares y su persecución penal, esbozando las teorías del derecho penal del enemigo; las relaciones especiales de sujeción; maquinas organizadas de poder; la posición de garante; la omisión propia e impropia; la posición dominante sobre el hecho; la responsabilidad penal del superior o del mando. Todos estos conceptos válidos en otros escenarios, han sido aplicados en la región, con el único fin de perseguir a servidores públicos, en lo que yo he denominado, el nuevo derecho penal del enemigo. Claro esta, que otros esbozan, verbigracia frente a la justicia castrense, que esta hace parte del derecho penal del amigo, en donde prima la impunidad.

Y mientras el debate en Europa ha llevado en buena medida por la entrada de la CPI a una armonización de derechos a través de criterios de ponderación; en América Latina, y principalmente en Colombia, en plena guerra, decidimos aplicar todas las teorías extranjeras sin adaptación al contexto interno. La persecución de los presuntos crímenes cometidos en el palacio de justicia, sólo ha mirado un lado de la moneda. El de la presunta responsabilidad de los agentes del Estado; pero ha obviado el otro lado, y es que ninguna amnistía se puede seguir sosteniendo bajo esa misma línea argumentativa, como lo he manifestado de tiempo atrás, haciéndose necesario enjuiciar por crímenes de lesa humanidad a quienes cometieron conductas terribles. Hoy en día con el derecho penal del enemigo anunciado, el militar y el policía pasa a ser el enemigo y desde esa órbita, la justicia ordinaria colombiana no resulta ser por la alta ideologización, independiente e imparcial, violándose los principios de lucha contra la impunidad de la ONU entronizados por Joinet.

 

 
Un holocausto jurídico
El debate por los 11 desaparecidos del Palacio de Justicia no termina. Ante la decisión de la juez Tercera Penal Especializada, María Stella Jara, de condenar al coronel (r) Alfonso Plazas a 30 años de prisión, su defensa prepara la apelación.

Pocas veces en la historia de los fallos judiciales, el país es testigo de reacciones tan encontradas y apasionadas. Treinta años de condena en primera instancia contra el coronel (r) del Ejército Alfonso Plazas Vega, detenido hace tres años, representan un alivio para una porción de la sociedad y al mismo tiempo una frustración para otros tantos.>

Once desaparecidos del Palacio de Justicia durante la toma de la guerrilla del M-19, entre el 6 y el 7 de noviembre de 1985, es la responsabilidad que la juez Tercera Penal Especializada, María Stella Jara, le imputa al oficial y, por tanto, es desaparición forzada agravada el delito por el cual merece, según ella, que el coronel cumpla sus 96 años de edad en la cárcel. Plazas era en los días de la toma, el comandante de la Escuela de Caballería (ESCAB).
Esta es una condena que será apelada. Sin embargo, y mientras el momento de un nuevo fallo en segunda instancia se conoce, bien vale desglosar los puntos determinantes con los que la juez Jara sustenta su decisión. No se trata de emitir ningún juicio, sino de hacer una comparación entre la realidad de algunos hechos y lo que tomó en cuenta la juez para definir la condena.

Los antecedentes
Uno de los llamados testigo clave dentro del proceso, considerado así por la juez Tercera y también por la Fiscal Cuarta Delegada ante la Corte Suprema, Ángela María Buitrago, es el señor Édgar Villamizar. Villamizar es un suboficial –cabo segundo- retirado del Ejército y para la época de los hechos estaba en el Batallón Vargas, con sede en Granada, Meta, adscrito a la Séptima Brigada.
Él asegura que el día 5 de noviembre de 1985 fue trasladado en un helicóptero de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC) con 14 hombres más, desde el Batallón hasta Bogotá para apoyar a las fuerzas del Ejército en la recuperación del Palacio. Villamizar dice, además, que el helicóptero aterrizó en la Escuela de Caballería, que estuvo acompañando las operaciones el día 6 de noviembre, que ese día regresó en la noche a la ESCAB con los demás hombres del Ejército y que reiniciaron actividades el día 7.
“Como a las seis de la tarde nos ordenan retirarnos a descansar y nos alojan en la Escuela de Caballería…Al otro día a las siete de la mañana nos volvimos a desplazar para el Palacio de Justicia”, dice el suboficial.
El cabo segundo agrega que estando en la Escuela vio al Coronel Plazas Vega cuando manifestó abiertamente “cuelguen esos hijueputas”. Según Villamizar, Plazas se refería a los supuestos rehenes que fueron trasladados a la Escuela de Caballería. El suboficial asegura que él mismo fue encargado de la seguridad de dos de ellos, “una señora con falda a cuadros (según él era Irma Franco) y un señor con buzo blanco o beige”. Dice también haber sido testigo de la llegada de tres personas más, una señora y dos hombres.
Villamizar jura que oyó y se dio cuenta de la tortura. En sus propias palabras: “los colgaban de manos, les daban golpes en el estómago, con cables les ponían electricidad en cualquier parte del cuerpo…”. El 8 de noviembre, de acuerdo con lo asegurado por el testigo, abrieron un hueco allí mismo en la Escuela, sacaron un caballo que estaba muerto y ahí pusieron los cuerpos.

Las inconsistencias
Hasta ahí un resumen del testimonio del cabo segundo. El proceso contra el coronel Plazas contiene varios elementos que ante los ojos desprevenidos de cualquier persona interesada en el caso generaría dudas frente a Villamizar como testigo. Hay que tener en cuenta que el suboficial rindió declaración el primero de agosto de 2007 sin que estuviera presente la defensa de Plazas Vega, y lo hizo supuestamente en la Escuela de Caballería. Adicionalmente, dicha declaración no se encontraba decretada por la Fiscalía y en el acta de la diligencia no aparece la fecha en la cual fue recibido el testimonio.
Varias cosas: primero, en la revisión del proceso es clara una inconsistencia con la identidad del testigo. Ese día, primero de agosto, el suboficial declaró con el nombre de Édgar Villarreal (sin segundo apellido) y aseguró que había nacido en Pamplona, Norte de Santander. Al verificar los datos con la cédula que aparece en la declaración, fue posible establecer dos cosas: que el número de cédula que aportó el suboficial corresponde a Édgar Villamizar Espinel, y que nació en Tibú, en el mismo departamento. Y para contribuir aun más con la confusión, la tarjeta dactilar muestra otra inconsistencia, que Villamizar Espinel no nació en Tibú ni Pamplona sino en Cúcuta.

Segundo, el comandante del Grupo Tequendama que controla la guardia y la entrada a la Escuela de Caballería, el teniente coronel Alfredo Espitia Villa, certificó que el día primero de agosto de 2007 no entró ningún suboficial con el apellido de Villarreal ni Villamizar a esa instalación militar. “Se verificó en el libro de minuta de guardia sin que para la fecha mencionada se registre el ingreso del sujeto en mención”, dice el texto. El teniente coronel Javier Alonso Díaz Gómez, comandante de la Escuela de Caballería, declaró que “no se puede determinar con nuestros controles si el sujeto Villamizar ingresó o participó en alguna inspección judicial”.

Frente a lo asegurado por el suboficial Villamizar en relación con los hombres que fueron trasladados en helicópteros de la FAC desde Granada, Meta, a Bogotá, hay varias pruebas aportadas a proceso.
El entonces comandante del Batallón Vargas, Ariel Valdez, quién en la época de los hechos del Palacio de Justicia tenía el grado de teniente coronel, afirmó que el cabo Villamizar nunca salió de Granada a Bogotá porque no existió ninguna orden que determinara el envío de tropas de esa guarnición militar para apoyar las operaciones del Palacio de Justicia. El general José Ignacio Posada Duarte, comandante de la Séptima Brigada los días de la toma, también declaró que no hubo traslado de uniformados a Bogotá.
En el año 2008 la Fuerza Aérea Colombiana, a través del coronel Jorge Tadeo Borbón Hernández, ex comandante del Comando Aéreo de Combate nro. 4 y del mayor general Juan Carlos Ramírez, ex comandante del Grupo de Combate nro.1, certificó durante el proceso que “no reposa información de vuelos realizados el 5, 6 y 7 de noviembre de 1985”.
Respondiendo un derecho de petición, la FAC aclara, además, que en esa época no había helicópteros con capacidad para transportar a 14 personas, como lo afirmó Villamizar, pues la FAC tenía entonces helicópteros B-212 (para 5 tripulantes), VH 1H (para seis tripulantes), y otros que eran de comando (piloto más dos personas). La FAC también certificó que en 1985 no podían aterrizar helicópteros en la Escuela de Caballería.
Otra declaración que desvirtúa lo dicho por Villamizar es la del suboficial Gustavo Alonso Velásquez López, quien sostuvo que Villamizar no pudo ser testigo de nada relacionado con el Palacio de Justicia porque los días de la toma, 6 y 7 de noviembre de 1985, los dos estaban en la enfermería del Batallón Vargas en Granada, Meta. Cuenta Velásquez que él no se podía mover y era el mismo cabo Villamizar quien le llevaba los alimentos. Agrega Velásquez López que juntos vieron por televisión lo que estaba pasando en Bogotá con la toma del Palacio por el M-19.
Esto no es todo. Cuando Villamizar Espinel declaró ese primero de agosto de 2007 bajo juramento, aseguró que su comandante inmediato y quien le dio la orden de alistamiento para viajar a Bogotá a apoyar a la Fuerza Pública era el mayor Jairo Alzate Avendaño. Verificado esto con el archivo del Ministerio de Defensa es posible decir que ese oficial nunca existió en el Ejército Nacional.
Sobre el regreso de las tropas a la Escuela de Caballería el día 6 de noviembre, quien se desempeñaba como oficial de inspección en esa fecha, el coronel Orlando Galindo Cifuentes, asegura que los miembros de esa instalación militar sólo regresaron el día 7 al atardecer. Lo mismo dicen en sus testimonios el entonces segundo comandante de la ESCAB, el coronel Abelardo Gómez Gómez, y el subteniente Marcolino Tamayo Tamayo.
En relación con la supuesta tortura, desaparición y entierro de las cinco personas que según Villamizar Espinel él mismo vio llegar a la Escuela de Caballería, hay otro tanto de pruebas aportadas en contra de esa versión. Durante el proceso fue posible establecer que en la ESCAB no hay restos de seres humanos enterrados y esto se puede verificar con las diligencias de prospección que hizo la propia Fiscalía.
Curioso que siendo Édgar Villamizar Espinel el testigo estrella de la juez Jara y de la fiscal Buitrago no volviera ante los estrados judiciales a rendir declaración, supuestamente porque está amenazado de muerte. El testimonio descrito en este artículo y las condiciones en que se dio fue resultado de su única aparición dentro del proceso de Plazas Vega.

Villamizar vs. Sáenz
Un testigo que fue desestimado por la juez María Stella Jara es Tirso Armando Sáenz Acero. Ese hombre, también cabo del Ejército en la época del asalto al Palacio de Justicia, aseguró durante el proceso algo parecido a lo que dijo Villamizar, que los hombres de la ESCAB durmieron allí la noche del 6 de noviembre de 1985 y regresaron a la zona del operativo el día 7. Sobre Sáenz y la fecha del regreso de las tropas a la Escuela, la misma juez Jara dice lo siguiente en el fallo que condena al coronel Plazas:
“…emerge diáfana la contradicción con la realidad misma que se desprende de la prueba acopiada, puesto que logró acreditarse, como un hecho irrefutable, que fue en la tarde del día siguiente -7 de noviembre- cuando culminó la intervención de la fuerza pública y retornaron al cantón norte los blindados”.
Y concluye la juez: Ello, aunado a las contradicciones e inconsistencias que se evidenciaron al realizar la valoración individual y conjunta de las declaraciones ofrecidas por Tirso Armando Sáenz Acero, hacen imposible tener por ciertas sus afirmaciones; por ello, el juzgado no lo tendrá en cuenta”.
Si las pruebas dejaron claro que las tropas nunca regresaron a la Escuela de Caballería el día 6 como lo señalaron como testigos los cabos Villamizar y Sáenz, ¿por qué la juez Jara desestimó el testimonio de Tirso Sáenz y validó el de Édgar Villamizar?
Este es un país que necesita ver y sentir que los jueces son capaces de impartir justicia, y el asalto al Palacio es ciertamente uno de esos hechos con los que podría sentarse un precedente. En esa medida, un fallo como el de la juez María Stella Jara debería ser diáfano, no generar una sola duda y menos dejar en el aire la sospecha de que detrás de los 30 años de condena hay intereses que superan los de la justicia en su esencia.

 

 
Carta Abierta Del Coronel Plazas Vega A Antanas Mockus

Respetado Profesor Mockus:

Yo estoy seguro que Ud. no es débil. Algo más grave, Ud. es irresponsable con los colombianos. En el más reciente debate en el cual se enfrentó a su opositor Juan Manuel Santos Ud. dijo que a mi me debían hacer un monumento por haber salvado el sistema democrático, pero que estaba bien condenado por haber desaparecido a unos civiles. Eso no solo demuestra su desinformación en temas tan delicados, sino su irresponsabilidad al tomar partido en un proceso que no ha terminado.

Y demuestra poca inteligencia, porque Ud. a mi no me conoce. Si Ud. cree que se conoce a una persona porque compra el pan en la misma panadería, está perdido.

Pero además falta a la verdad cuando dice que me conoció porque comprabamos el pan en la misma panadería en Quinta Paredes. Profesor Mockus, yo nunca he vivido en Quinta Paredes. Y no es por machista sino por que siempre he madrugado a mi trabajo que yo no compro el pan del desayuno. Lo compra mi mujer. De modo que no está bien que Ud. le diga a los colombianos, en un debate tan importante, cosas que no son ciertas.

Pero bueno. Eso del pan es inocuo. Lo grave es que Ud. me está condenando por un delito que no he cometido. Eso me dolió mucho, por tratarse de un candidato presidencial hablando a la nación entera, y también de un colega mío, porque yo también soy profesor universitario, y por muchos años. Y ud. sabe que uno tiene que preparar las clases, para no quedar mal con los alumnos al comunicarles algo que no es cierto.

Muy mal le fue en ese debate en materia electoral, profesor Mockus, a mi modo de ver. Porque si bien es cierto que a mi me dolió su expresión irresponsable sobre mi caso, cuando Ud. no me conoce, porque yo no soy el señor de Quinta Paredes que Ud. se imagina que soy, también es cierto que los que si me conocen que son muchos, ya no van a votar por Ud. y se lo compruebo con el documento que le anexo en el cual por primera vez en la historia reciente del pais, todas las organizaciones de militares retirados y sus familias se han manifestado a mi favor, en el caso de la condena que se me impone por un delito que no solo no cometí, sino que no tengo nada que ver con el tema de desaparecidos.

También percibo, Profesor Mockus que de milicia sabe bastante poco. Soy la víctima propiciatoria de un complot del M-19 y el narcotráfico infiltrado en la rama judicial, que me está echando la culpa de los crímenes por ellos cometidos en los hechos del Palacio de Justicia. Se lo puedo comprobar.

Cómo me gustaría profesor que Ud. se interesara en conocer el tema del Palacio de Justicia. Lo invito a leer el Diario Oficial Número 37509 de fecha 17 de junio de 1986, donde se hallan las conclusiones de la Investigación adelantada sobre esos luctuosos hechos. En particular le recomiendo las páginas: 49 bajo el título:los desaparecidos; la 61 donde aparece la conclusión decimo séptima también sobre los desaparecidos. La 59 que contiene la conclusión décima, sobre el trato dado a los rescatados por el Ejército Nacional.

Si Ud. conociera la forma como se adelantó el proceso contra el suscrito estaría escandalizado, como lo está el pais entero, y Ud. no se ha dado cuenta.

Finalmente le manifiesto que yo no busco monumentos. Ni los busqué cuando me jugue la vida por rescatar por lo menos 260 personas que me premian con su gratitud. Ni los busqué cuando le quité mas de dos billones de pesos en bienes mal habidos a los narcotraficantes como Director de la DNE, sin que esa institución hubiera perdido un solo peso. Cuando recibí un FRISCO, institución que creo que Ud. debe conocer con 100 millones de pesos y lo entregué con seicientos mil millones de pesos. Con ese dato Ud como matemático podrá entender la dimensión de mi tarea.

Por eso me sacaron como me sacaron de la DNE los criminales de este pais mediante un debate muy publicitado para calumniarme, y sin ninguna noticia cuando fuí absuelto de todos los cargos. Averigue Profesor con mis funcionarios de la DNE como se manejaron durante mi gestión billones de pesos, no de ciudadanos comunes y corrientes que eso lo conoce Ud. muy bien, sino de narcotraficantes con la maldad y todo el poder que tienen, sin dejarse sobornar, sin dejarse engañar y sin dejarse halagar.

Claro que agradezco las condecoraciones y distinciones que me pusieron por mi labor contra el crimen organizado. Fueron trece durante mi cargo en la DNE ya en traje de civil, entre ellas la de la INTERPOL. Pero no lo hice detrás de las vanidades, sino de la salud de la patria, que los militares sentimos en lo mas profundo del ser, y que yo no se si Ud. lo entienda.

Es que cuando mis ancestros, entre ellos tres suboficiales que lucharon en las guerras de independencia a órdenes del Libertador Simón Bolívar, caían todos en combate; los suyos muy respetables, desde luego, hacían patria seguramente, pero en Lituania.

Obviamente Juan Manuel Santos si conoce y a profundidad el tema del Palacio de Justicia, toda vez que fue mi apoyo en la publicación de mi libro sobre esos acontecimientos tan dolorosos, que primero revisó cuidadosamente, y luego fue publicado por Intermedio Editores. Claro que Juan Manuel Santos me conoce cuando se implanto el sistema SIDUNEA, que Ud. seguramente conoce muy bien, para la moralización y sistematización del sistema aduanero, previo a la unificación del mecanismo de impuestos con el mecanismo de aduanas, la eliminación del resguardo nacional tan corrupto y deprestigiado, y la creación de lo que hoy es la DIAN. Santos era el Ministro de Comercio y yo era el gerente de Consimex, una empresa que yo mismo organicé y gerencié, para el desaduanamiento de la carga de importación en forma sistematizada y honorable, con las cinco mayores empresas aduaneras de Colombia.

Claro que Juan Manuel Santos me conoce cuando en mi condición de Ministro Plenipotenciario en Sudafrica tuve que recibirlo en el aeropuerto de Johanesburgo para conducirlo a Pretoria, donde daría el discurso de inauguración ante los mas importantes líderes del mundo de la Novena Conferencia de la UNCTAD de la cual él era Presidente, y en la cual yo era uno de los miembros de la delegación colombiana.

Claro que Juan Manuel Santos me conoce porque me invitó a participar en un trabajo de integración de tres días en Paipa, en el cual se analizaron los temas nacionales bajo el entrenamiento del trabajo en equipo para la Fundación Buen Gobierno.

Y por eso su posición en los debates fue prudente cuando se habló del Palacio de Justicia. No podía defenderme, aunque hubiera podido hacerlo porque me conocía, es que  hay que esperar a que el proceso termine. Y siendo un proceso político, con interferencia de la izquierda internacional y el narcotráfico tan afincados en algunos sectores de la justicia colombiana, seguramente se va a tardar mucho tiempo.

Ud. en cambio, sin concerme me condenó. ¿Esta eso bien hecho Profesor Mockus? ¿Es eso honrado?

En el documento que le anexo, profesor Mockus, Ud. percibirá el dolor que aqueja a los militares, por mi condena. Si yo fuera un pillo, o si la condena fuera justa, ni los militares activos, ni los retirados, ni el Gobierno, ni tantos sectores de la población colombiana hubieran salido en mi defensa. Nadie se quema las manos por un delincuente.

En medio de mi molestia, mi dolor y mi inconformidad, le reitero mi respeto.

Luis Alfonso Plazas Vega.
Coronel del Ejército Nacional y honorario del Estado de Kentucky (USA)
Diplomado en Estado Mayor ( Colombia 1981, Estados Unidos 1984, España 1990)
Historiador (miembro de la Academia Colombiana de Historia, Sociedad Bolivariana de Colombia, Academia de Historia de Boyacá, Academia de Historia Militar, Instituto Sanmartiniano de Colombia)
Administrador de Empresas (U. América, especializado en Adm. Pública ESAP))
Diplomando en Alta gerencia (U. de los Andes)
Diplomado en Altos Estudios Internacionales (Consejo Superior de Investigaciones cientídficas, Madrid España)

 

 
Talibanismo Judicial

Hace unos días, cierta prensa trató de hacernos creer, con ayuda de unas encuestas, que Antanas Mockus ganaría la primera vuelta de la elección presidencial. Era una mentira. Esa misma prensa, con la ayuda de una juez, trata ahora de hacernos creer que el coronel Luis Alfonso Plazas Vega, el héroe de la liberación del Palacio de Justicia en noviembre de 1985, quien rescató a 244 rehenes que habían caído en manos de los terroristas, es el responsable de las “desapariciones” del palacio de Justicia.

Estamos de nuevo ante una gran mentira.

La sentencia inicua mediante la cual una juez de Bogotá, María Stella Jara Gutiérrez, condenó, en primera instancia, al coronel Plazas Vega a 30 años de prisión no inspirará el respeto que normalmente merece toda decisión de justicia de un país democrático.

Pues esa sentencia es la negación del debido proceso.

De hecho esa sentencia, en lugar de aportar serenidad, aporta incertidumbre, estupor y amargura al país. Los legítimos pronunciamientos de altas personalidades del gobierno, del Estado, de la prensa y de la sociedad civil contra esa sentencia, muestran que Colombia no está dispuesta a aceptar esa nueva impostura. No hay justicia sin verdad.

No hay Derecho sin respeto de las reglas de Derecho. Lo jurídico descansa sobre unas normas preexistentes y sobre un procedimiento. El jurista Jhering decía que “el procedimiento es la hermana gemela de la libertad”. Esos principios fueron pisoteados en el proceso del coronel Plazas Vega.

La sentencia de la juez Jara es aberrante pues no hay en ella correlación alguna entre la salvaje sanción impuesta y la prueba de la culpabilidad. Es inaudito pero es cierto: el Coronel Plazas ha sido condenado en basa a nada. En la sentencia no se encuentra ni confesión del acusado, ni la prueba irrefutable de que él haya cometido el delito que le reprocha la juez. ¿Dónde está la prueba material irrefutable de que él ordenó, o de que él realizó personalmente, la “desaparición forzada agravada” de unas personas?

En ninguna parte.

En la sentencia de 302 páginas no hay el menor rastro de una prueba en ese sentido. De una prueba cierta, verdadera, franca. Solo hay conjeturas y especulaciones dudosas del abogado de la parte civil, las cuales son acogidas por la juez. Esta acepta como pruebas, y finca su decisión final, sobre testimonios espurios, repudiados por el Ministerio público y por la defensa.

Ni siquiera hay indicios serios, repetidos y concordantes, contra el acusado. Lo que sí hay son elucubraciones en el aire, suposiciones, deducciones y teorías insólitas. Sobre todo deducciones gratuitas, sin soporte material, ni basada en hechos comprobados.

Ese proceso no buscaba la verdad judicial. Buscaba demostrar una tesis y destruir físicamente y moralmente al acusado. Nunca hubo allí equidad, ni garantías para la defensa. La instrucción no logró probar que Plaza Vega tuviera algo que ver con los llamados “desaparecidos” del palacio de justicia.

Por eso la Procuraduría y la defensa del Coronel pidieron que el acusado fuera absuelto. Por eso el Procurador General de la Nación y el abogado del Coronel anunciaron que interpondrán el recurso de apelación contra esa sentencia.

Quienes responsabilizan al coronel Plazas y a otros militares por la tragedia del palacio de justicia tuvieron 25 años para investigar ese asunto y para conseguir pruebas sólidas. ¿Dónde están? No están, en todo caso, en manos de la juez, pues ésta no las presentó en la sentencia.

Esos acusadores, que dicen buscar la verdad, se niegan a pedir que se investigue a los ex miembros amnistiados del M-19, quienes detentan, probablemente, muchas verdades acerca del horrible crimen que cometió el M-19 ese día. Pues no les interesa saber quién es el verdadero y único responsable de esa tragedia. Sólo quieren, con el proceso contra los militares, golpear al “enemigo de clase”, a los defensores del Estado y del gobierno legitimo.

Ellos no podían encontrar nada pues se alejaron de la única investigación seria que se ha hecho de ese triste episodio: la del Tribunal Especial de Instrucción, el cual firmó su excelente informe el 31 de mayo de 1986. Esa investigación, realizada por dos eminentes magistrados, Jaime Serrano Rueda y Carlos Upegui Zapata, con la ayuda de diez jueces de instrucción, afirma que no hubo desaparecidos en el palacio de justicia; que “los llamados desaparecidos perecieron en el holocausto”, que esas víctimas del terrorismo “se consideraron desaparecidos porque sus cadáveres no fueron identificados”, pues sus restos fueron encontrados en un alto grado de calcinación que impidió toda identificación en esos meses y en los años siguientes.

Ese informe reitera que “existe un grupo de cadáveres que necesariamente corresponde a los desaparecidos”. El informe concluye esto: “El Tribunal considera que existe prueba suficiente en el sumario para concluir que tales personas fallecieron en el cuarto piso a donde fueron conducidos como rehenes en los primeros momentos de los sucesos”.

La investigación de la Fiscalía se apartó de ese enfoque por motivos ideológicos: pues había que probar que los militares “desaparecieron” una parte de los rehenes liberados. Sin embargo, nada prueba hasta hoy que eso haya sido así.

Esa condena de 30 años fue tomada por una juez, no por un tribunal. La colegiatura, en derecho penal, es esencial. Solo un tribunal puede abordar sin prejuicios desde el comienzo el proceso y decidir con conocimiento de causa. “La colegialidad es una garantía de buena justicia pues un hombre solo no puede discernir con holgura el juicio que conviene dar”, dice la profesora francesa de Derecho Marie-Anne Frison-Roche.

La fiscal y la juez, tuvieron más de tres años para buscar la verdad y no la encontraron, a pesar de que gozaron de todas las garantías, y tuvieron en sus manos todas las palancas (y hasta abusaron de éstas) para hallar la verdad. Pero no la hallaron. ¿Querían realmente hallarla? Una persona había sido designada como culpable desde el comienzo de la instrucción. Se trataba de impulsar un juicio político de escarmiento contra un símbolo de las Fuerzas Armadas, para sembrar el terror entre las fuerzas militares y de policía de Colombia y para hacer una exhibición de fuerza.

Ese veredicto es monstruoso pues se ha condenado a un inocente. Ese veredicto tiene, al menos, un lado positivo: el hará que millones de colombianos abran los ojos sobre lo que hay detrás de la crisis de la justicia colombiana.

Para atribuirle al Coronel Plazas la responsabilidad del crimen, la juez acudió al implante absurdo de una discutible teoría llamada de la “autoría mediata”, pues la fiscal había comprendido que no podía inculpar a Plazas como autor propio de un crimen. La fiscal optó por la vía indirecta: lo acusó de ser “coautor impropio”.

Pero la juez rechazó ese enfoque y optó por una teoría traída de los cabellos que consiste en decir que se le puede atribuir responsabilidad penal a una persona que no cometió un delito penal. La cómoda teoría, que puede dar para todo, sobre todo para cometer los peores abusos judiciales, como en el caso del Coronel Plazas, dice que esa persona puede ser vista como responsable de un crimen por el hecho de haber hecho parte de la “estructura organizada de poder”. Esa noción no existe en derecho positivo colombiano. Es un desarrollo reciente y cuestionable y que no es aplicado por los países democráticos por sus graves inconvenientes. Esa teoría poco clara pretende que se le puede imputar la “autoría mediata” de un crimen a una persona que no cometió el crimen o que no intervino directamente en la ejecución del crimen, pero que “dominaba la realización del crimen sirviéndose de un aparato de poder”.

La juez trata de mostrar los méritos de esa teoría diciendo que el jurista alemán Claus Roxin, inventor de la misma en 1963, logró incorporarla “a la dogmática penal a partir del caso Eichmann”. La juez calla un hecho. Esa teoría no fue utilizada en el proceso de Adolf Eichmann, realizado dos años antes del famoso invento de Roxin. El tribunal israelí condenó a muerte al verdugo nazi pues probó de manera ordinaria, clásica, la responsabilidad de éste en la Solución Final, sin valerse de curiosas teorías.

Pero incluso para aplicar la teoría Roxin hay que probar, al menos, que el responsable ordenó la comisión del delito.

En el caso del Coronel Plazas esa orden no fue jamás probada. En todo caso, el uso de esa teoría y la evocación del caso Eichmann en la sentencia del Coronel Plazas, muestra un a priori ideológico, una actitud militante y no imparcial de la juez. Ella considera de alguna manera que la acción del coronel Plazas en defensa del palacio de justicia, asaltado de manera sangrienta por terroristas marxistas, y en defensa de un régimen democrático y elegido por el pueblo en elecciones libres, es de la misma naturaleza que los crímenes de los nazis.

De ello se desprende otra conclusión: los otros militares cuyos procesos están en curso por la defensa que hicieron del palacio de justicia, y las otras personas que quieren atraer a esa trampa, serán vistos por la juez y sus aliados también como nazis irrecuperables (lo que era Eichmann) y sufrirán sentencias aberrantes gracias a la aplicación de la peregrina teoría de la “autoría mediata”.

Lo curioso es que la juez Jara no piensa un minuto en aplicar esa misma teoría para detener y llevar a juicio a los jefes del M-19 amnistiados, quienes detentan los secretos de lo que ocurrió en el palacio de justicia y de las otras actuaciones criminales del M-19.

Los primeros que deberían estar decepcionados de ese fallo son los familiares de las personas que perecieron a causa del acto terrorista cometido por el M-19 y que no han sido todavía identificadas. Pues la investigación de la Fiscalía, y la sentencia de primera instancia, no arrojaron luz sobre el paradero de esas personas. La juez Jara sigue negándoles a esos familiares la práctica de una prueba de ADN a los restos no identificados. Ello podría sacar la verdad a la superficie. Tal prueba podría confirmar lo que dijo el Tribunal Especial de Instrucción: “los llamados desaparecidos perecieron en el holocausto”.

 
En defensa de Plazas Vega

Nada de justicia, nada de verdad, nada de rigor jurídico, nada de pruebas sólidas, nada de objetividad, nada de moral, nada de ética, nada de patriotismo, nada de honor, nada de pudor intelectual. Todo eso brilla por su ausencia en la deplorable sentencia del Juzgado III Penal del Circuito Especializado de Bogotá, dictada por la juez María Stella Jara Gutiérrez, que condena al Coronel retirado Luis Alfonso Plazas Vega como “coautor mediato de la conducta de desaparición forzada agravada” de 11 personas durante la “retoma” del Palacio de Justicia en noviembre de 1985, condenándolo, en primera instancia, a “30 años de prisión”.

En toda sentencia, los fundamentos de Derecho y el recto análisis de los hechos probados son más importantes que el propio fallo. Es el camino deductivo por el que el juez explica su decisión, apoyado en la doctrina y en la jurisprudencia (o sea los precedentes judiciales de hechos similares). Sin unos sólidos fundamentos jurídicos y probatorios, la sentencia no pasa de ser una estafa repugnante, aunque revestida de la típica prosopopeya oficial.

Los fundamentos de Derecho invocados por la juez para poner en prisión al Coronel Plazas, más que argumentos jurídicos, parecen verdaderas disculpas que tratan de justificar, a como de lugar, la condena de un inocente. No por otra razón la juez Jara echó mano de la muy discutible teoría jurídica de la llamada “autoría mediata”, de acuerdo con la cual se puede condenar a una persona por el sólo hecho de ostentar mando sobre subalternos que habrían sido responsables de un delito. Es decir, como no hay pruebas que vinculen directamente al Coronel Plazas con las desapariciones, entonces se le condena por la supuesta responsabilidad de sus subalternos en la ejecución de las mismas. De acuerdo con la juez, el Coronel Plazas “tuvo el dominio del hecho a través de la fuerza que comandaba, lo que le aseguró la consumación del punible a través de la fungibilidad de los ejecutores responsables, quienes resultaron ser piezas esenciales de un engranaje completo orientado al crimen”.

Sin embargo, aún aceptando la muy problemática e incierta tesis jurídica de la “autoría mediata” o de la “responsabilidad indirecta”, se necesitan evidencias sólidas y verosímiles que permitan establecer que el Coronel Plazas ordenó las desapariciones y que demuestren, efectivamente, la existencia del elemento material del delito, es decir la identificación de los 11 cuerpos de quienes fueron supuestamente torturados y desaparecidos por ordenes del alto mando militar y de policía, con la participación determinante del Coronel Plazas. ¿Dónde están esas pruebas? En ninguna parte de las 302 páginas que componen la sentencia.

El testigo clave para condenar al Coronel Plazas es Edgar Villamizar o Villamil, un suboficial retirado del ejército, cuyo apellido ni siquiera está claro en el testimonio, toda vez que en el texto aparece como Villamizar y en la firma como Villamil, grave inconsistencia que la juez desestimó olímpicamente al decir que se trataba de un simple error de mecanografía y que su identidad está “plenamente probada”. Pero no dice nada sobre la inconsistencia grafológica en las firmas del testigo. Según él, que en la época de los hechos se desempeñaba como cabo segundo del ejército, los 11 desaparecidos fueron trasladados como “sospechosos”, por órdenes de Plazas Vega, a la Escuela de Caballería, para ser sometidos a un interrogatorio que terminó en torturas. De acuerdo con el testigo, él escucho cuando “Alguien le pregunta al Coronel Plazas qué hacemos con la gente y es donde manifiesta abiertamente, ‘cuelguen esos hijueputas’”. Esa es la base esencial de la sentencia. El problema fundamental de ese testimonio es que no pudo ser controvertido por la defensa, tal como lo establece la Constitución en su artículo 29. Según la Corte Constitucional, de la interpretación de ese artículo, se advierte con claridad que no es admisible el establecimiento de excepciones al principio de la contradicción de la prueba.

Eso no lo tiene en cuenta la juez Jara. Ella da por sentado que lo declarado por ese testigo, oscuro y desconocido, es cierto. No hay crítica del testimonio. No se cuestionan las contradicciones y las inconsistencias del testigo, por ejemplo cuando dice que fue trasladado en un helicóptero con capacidad para 15 personas, que para la época no existía. ¿Qué otras “pruebas” hay para condenar al Coronel Plazas? Sólo hay meros indicios, suposiciones y conclusiones sin fundamento. Por ejemplo, a partir de la transcripción de una grabación en el que se encuentra la versión de uniformados al servicio del Ejército Nacional, en la que se dice que ellos fueron los encargados de trasladar a un “número de rehenes que eran mantenidos por la subversión dentro de las instalaciones del Palacio” a la Casa Museo del Florero, en donde fueron identificados, la juez concluye, sin más elementos probatorios, que se trata de los mismos 11 desaparecidos que fueron torturados.

Así las cosas, queda claro que para la juez vale más un testimonio equívoco y aislado, apoyado en unas suposiciones descontextualizadas e inverosímiles, que el fallo absolutorio del Tribunal Especial de Instrucción de 1986, los testimonios y objeciones legítimas de la defensa, los argumentos jurídicos de la Procuraduría General de la Nación y los principios básicos del Derecho. ¿Dónde está la evidencia que demuestra lo que sucedió con los 11 desaparecidos? No hay nada. Nadie vio cuando los torturaron. Los cuerpos no han sido identificados.

El elemento material del delito brilla por su ausencia. Entonces, ¿qué pasó con los desaparecidos? Según el Tribunal Especial de Instrucción de 1986, el cual sí tuvo contacto directo con las pruebas, los cuerpos de esas 11 personas se incineraron a tal grado que no pudieron ser reconocidos. O sea que no hay desaparecidos. Con la tecnología actual esos restos pueden ser identificados con pruebas de ADN, pero la juez Jara siempre lo ha impedido. A ella no le interesa la verdad de los hechos y el castigo de los verdaderos culpables (o sea los terroristas del M-19), lo que busca es dejar por el suelo la moral y el buen nombre de las fuerzas militares de Colombia, a las cuales llega a poner en el mismo saco con los criminales nazis.

Si bien el fallo condenatorio contra el Coronel Plazas Vega es susceptible de ser revocado por una instancia superior, huelga decir que el pésimo precedente que sienta constituye un grave golpe al esclarecimiento de la verdad; es una paliza a la moral y al buen nombre de nuestras fuerzas armadas y representa un claro ejemplo de la degradación ética y profesional de la justicia colombiana: De ahora en adelante, si el terrorismo repite un holocausto infame como el que tuvo lugar en 1985 a manos del M-19 en el Palacio de Justicia, no está claro que nuestros militares vuelvan a poner su vida en peligro para liberar a los cautivos, salvar el Estado de Derecho y terminar la pesadilla, como hicieron con valor admirable en aquella difícil ocasión, porque tendrán presente que un día cualquiera un juez sesgado y torticero, podrá condenarlos a prisión vitalicia, violando sus más elementales derechos procesales.

Es un momento triste y oscuro para Colombia. Desde Comentario Digital expresamos nuestro más enérgico rechazo a este fallo injusto e infame. Creemos en la inocencia de Coronel Plazas y abogamos por la verdad y la justicia.

Fuente: Comentario Digital

 
Manifiesto De La Reservas Activas De La Fuerza Pública

Los miembros de la Reserva Activa de la Fuerza, Publica, oficiales, suboficiales, soldados y agentes de la policía que agrupan a cerca de millón y medio de afiliados, quienes hemos consagrado nuestras vidas al servicio del país, respetuosos como lo hemos sido del acatamiento de los preceptos constitucionales y conscientes de los deberes que nos impone el Estado Social de Derecho, profundamente indignados y sorprendidos por los efectos emanados del fallo que acaba de producir un juzgado especializado:

DECLARAMOS A LA NACION COLOMBIANA

1. Que ello constituye un atropello jurídico que lesiona a un soldado de Colombia. Un soldado como Alfonso Plazas Vega inocente, íntegro, cumplidor leal de su deber, justo y recto, no puede ser condenado. El Coronel Plazas Vega es un ciudadano que amó su profesión, místico por excelencia, que hizo gala de honradez profesional e intachable conducta durante su vida militar; un hombre probo formado en la fe cristiana, ejemplo para amigos y subalternos.

2. Que la condena injusta proferida no es una condena contra el Coronel Plazas Vega sino contra la Fuerza Pública representada en el alma de soldados y policías. La providencia no es en Derecho, reafirma la inseguridad jurídica, la justicia selectiva, compulsa copias y reapertura de investigaciones falladas con sentencias ejecutoriadas, desconociendo el principio de cosa juzgada. Causa perplejidad el silencio o la ausencia de procedimientos en contra de los verdaderos autores criminales, integrantes del M-19, por los delitos de lesa humanidad, amnistiados por una ley violatoria de nuestro ordenamiento jurídico.

3. Que desde su llamado a juicio, se sintieron los pasos descomedidos dados por una Fiscalía desenfrenada y vengativa, que se lo propuso; inclusive empleando testigos falsos, que otras organizaciones interesadas en acusar a militares de alto rango, les conseguían en las oscuras mazmorras a donde sus reiterados crímenes les habían conducido.

4. Que se fueron recogiendo testigos de dudosa reputación seducidos por rebajas de penas o propinas siniestras para declarar todo aquello que les indicaban y sustentar unas acusaciones a todas luces falsas e impropias de una verdadera justicia. Se necesitaba condenar y se hizo dentro de un proceso espectáculo, tanto en la etapa de investigación como en la del juicio.

5. Que en contra del oficial condenado, no existe una sola prueba vinculante con la desaparición de personas, pero éste, en especial, requería culpables. Al Coronel Plazas se le ha castigado para saciar el apetito de organizaciones y abogados, dedicados a un negocio lucrativo y de paso tomar venganza contra miembros de la Fuerza Pública.

6. Que se requiere reformar normas constitucionales y legales que restablezcan el equilibrio y armonización de las ramas del poder público. La sentencia indigna a la institución armada y arriesga el deber que tiene de defender el orden constitucional. En reconocimiento y homenaje a los hombres que defendieron nuestra democracia, demandamos que el gobierno y los mandos de la Fuerza Pública, califiquen y asuman como “asuntos de Estado” los actos de gobierno dispuestos por un Presidente de la República y ejecutados por los mandos y tropas.

7. Que aflora una vez más ese viejo resentimiento visceral que recorre Latinoamérica, proveniente de grupos armados ilegales y organizaciones de extrema izquierda, vinculadas al narcotráfico y al terrorismo. No solo se hace daño con las armas, existen otras herramientas letales que dejan aun más profundas cicatrices. 8. Que nunca antes la Fuerza Pública colombiana había estado tan vulnerable e indefensa, sin fuero y sin garantías procesales, pues los mismos gobiernos con el ánimo de parecer imparciales han propiciado el desmonte de la justicia penal militar, tan necesaria en un país ideologizado y sesgado por el odio y la venganza.

9. Que paradójicamente se nos llama héroes para motivarnos, pero con gran facilidad pasamos a ser villanos. Ya es hora que los colombianos de bien nos manifiesten su respaldo, aunque esperamos confiados en que la justicia colombiana vuelva por sus fueros en las siguientes instancias.

  • Confederación Colombiana de Organizaciones en Retiro y Pensionados de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional (Confecore),
  • Cuerpo de Generales y Almirantes de la Reserva Activa (CGA),
  • Colegio de Generales de la Policía Nacional Asociación Colombiana de Oficiales en retiro de las FFMM (ACORE), Asociación de Oficiales en retiro de la Fuerza Aérea Colombiana (ASORFAC)
  • División de Infantería General José María Córdova, Regimiento de Caballería San Jorge, Grupo de Ingenieros Militares y de la Reserva Francisco José de Caldas, Asociación Colombiana de Oficiales en Retiro de la Policía Nacional (ACORPOL),
  • Federación Colombiana de Suboficiales en retiro (FECOLSURE)
  • Asociación Internacional de Lanceros (INTERLANZA)
  • Asociación Colombiana de Veteranos de Corea (ASOVECOR)
  • Liga Marítima de Colombia Centro de ex cadetes y Oficiales Navales “Cacique Pocigueica” Asociación Colombian de Suboficiales retirados de la Policía Nacional (ACSURPONAL)
  • Grupo de Artillería Santa Bárbara Grupo de Artillería San Mateo Asociación de Soldados Pensionados de Colombia (ASOPECOL)
  • Agrupación de Oficiales de Comunicaciones Manuel Murillo Toro Agrupación Logística “Francisco de Paula Santander ”, Asociación Nacional de Veteranos (ANALVET)
  • Asociación Colombiana de Agentes en retiro de la Policía Nacional (ACARPOL)
  • Asociación Colombiana de Suboficiales en retiro de las FFMM (ACOLSURE), y
  • Cooperativas de Oficiales y Suboficiales de la Fuerza Pública
 
¡Que Reviente El Escandalo..!

Es complicado reconocer que se ha estado equivocado. Y lo es mucho más cuando esto ha ocurrido por tener doblada la cerviz ante lo que los grandes medios de comunicación nos enseñan como “la verdad”. Esto me sucedió con referencia al caso del Coronel Plazas Vega.

La primera vez que supe del coronel fue cuando combatió a los guerrilleros del M-19 que se habían tomado el Palacio de Justicia. Su “defendiendo la Democracia, maestro”, me parecía en ese entonces algo odioso porque yo, al igual que muchísimos colombianos (por causa de los medios, repito), pensábamos que los narcoterroristas del M-19 eran una especie de Robin Hood subdesarrollados pero generosos, y que emergían de las entrañas mismas del descontento popular para combatir todo lo que el coronel Plazas defendió –eso creía yo- en el Palacio de Justicia; es decir, la oligarquía.

Ese cuentico pendejo nos lo tragamos millones de compatriotas. Manipulados desde la misma escuela, por maestros a su vez educados con las mismas premisas, mi generación creció sintiendo repulsión por los uniformes militares y sus armas, al mismo tiempo que nos inclinábamos por el romanticismo con el que nos mostraban los heroicos actos del Ché Guevara, Fidel Castro y “Tirofijo” –unos sanguinarios asesinos elevados a la categoría de héroes populares por los medios de comunicación y los maestros adoctrinados por los fundadores de FECODE, de extracción guerrillera.

Entonces, nuevamente supe del coronel Plazas cuando fue acusado de genocida, torturador y secuestrador. Aunque para ese entonces yo ya no era tan tonto de creer que las guerrillas luchan a favor de las clases menos favorecidas sino que son narcotraficantes y delincuentes de la peor calaña, estaba convencido de la culpabilidad de Plazas Vega, hecho ratificado día a día por los medios de comunicación que se ensañaban contra el coronel y su familia gozando cruelmente con el sufrimiento y humillaciones a que han sido sometidos desde entonces de manera implacable en un proceso que pasará a la historia por la magnitud de las infamias cometidas contra el valiente militar.

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Los Acusadores Se Quedaron Sin Desaparecidos

El Procurador Jesús Villabona Barajas, Agente Especial del Ministerio Público, manifestó que no había pruebas de que tres de los desparecidos de la cafetería del Palacio de Justicia de Bogotá, por los cuales están acusados varios militares, hubieran salido con vida de ese recinto. O sea que sólo quedaron ocho.

El sepulturero del Cementerio del Sur reconoció en declaración de 1986 a Cristina Guarín como una de las personas que él había inhumado en dicha fosa. Cristina Guarín es la persona que sus familiares dicen reconocer cuando sale en hombros de un soldado. Pero casi todo el tiempo sólo se ve el trasero de esa persona, tan sólo en unos pocos segundos se le ve la cara. Pero la ascensorista del Palacio de Justicia, María Nelfi Díaz, dice que esa imagen no es de ninguna Cristina Guarín, que esa persona que sale en hombros del soldado es ella, María Nelfi Díaz. Los hijos de ésta también la reconocieron. María Nelfi Díaz se ha reconocido en esas imágenes en cinco ocasiones ante diferentes  funcionarios investigadores y en una ocasión en el programa de televisión La Noche, a lo largo de estos casi 25 años. María Nelfi Díaz nunca ha cambiado su versión.

El diario bogotano El Tiempo, en su edición del 3 de febrero de 2010, en titular de primera página, informa que han sido identificados, en el laboratorio de Antropología de la Universidad Nacional de Bogotá, por lo menos dos de los desaparecidos de la cafetería del Palacio de Justicia.

Esta no es Cristina Guarín, la "desaparecida", sino María Nelfi Díaz

El 24 del mismo mes, Radio Caracol de Bogotá también tuvo acceso al informe del laboratorio de Antropología de la Universidad Nacional, y manifestó en su edición del medio día, y lo repitió por la noche, que son cuatro (4) los desaparecidos de la cafetería identificados en dicho laboratorio.

Ante el pedido de la defensa del Coronel Plazas de que se le compulsara copia de ese informe, la Universidad Nacional le trasladó la respuesta a la Fiscalia, quien ya lo tenía, la Fiscal contesto que eso se le debería pedir a la Juez Tercera. La Juez Tercera dijo que el caso ya está cerrado. Para resumir: a tan delicado informe no tiene acceso la defensa del Coronel Plazas Vega, a pesar de ser éste un sujeto procesal con derecho a conocer todos los detalles  de su proceso. En cambio, dos medios de información, que no son partes del proceso, Radio Caracol y El Tiempo, si tuvieron acceso.

En el mismo informe, según Radio Caracol, adicionalmente fue identificado en la Universidad Nacional, el cadáver del magistrado Pedro Elías Serrano Abadía, lo que confirma la afirmación hecha por el Coronel Plazas Vega, desde octubre de 2008, en el sentido de que la supuesta desaparecida Norma Constanza Esguerra está enterrada en el sepulcro del magistrado Serrano Abadía. Esta afirmación ya la había hecho el Tribunal Especial de Instrucción en su informe de 1986, así como  el Juez 30 de Instrucción Criminal de Bogotá, el 31 de enero de 1989.

Los restos de la desaparecida Ana Rosa Castiblanco y su feto de ocho meses, ya fueron entregados a sus familiares mediante acta desde el 2 de noviembre de 2001. Sin embargo, la revista Semana de Bogotá, en  abril de 2007, montó una verdadera novela de terror e inculpó al Coronel Plazas Vega, y a otros militares, por la supuesta desaparición de Ana Rosa, agregando que un suboficial cuya esposa no podía tener hijos robó el bebé que ella habría dado a luz en un camión del Ejército.

A lo largo del proceso, los agitadores contratados presumiblemente por el colectivo Alvear Restrepo, y dirigidos por René Guarín, enarbolan una fotografía de Ana Rosa Castiblanco  y preguntan a gritos, ante  los estrados judiciales: “dónde está Ana Rosa?”. Entre los que violentamente gritan eso se encuentra el propio hijo de Ana Rosa, Oswaldo Lozano Castiblanco, quien es uno de los firmantes del acta mediante la cual le fueron entregados los restos de su madre con pruebas de ADN. La prensa colombiana ha publicado varias fotografías donde se ve ese tipo de agitación irresponsable.

Ahora, el diario El Espectador, de Bogotá, el 10 de mayo de 2010, acaba de revelar otro detalle importante del asunto.  Nubia Stella Hurtado Torres, una ex secretaria que trabajaba en el Palacio de Justicia  el día del asalto terrorista a esa institución, se reconoció, como dice el matutino, “en una imagen de video donde los familiares de la desaparecida (…) Lucy Amparo Oviedo Arias, indicaron haber identificado a su pariente, saliendo con vida del edificio en llamas”.

Como en el caso de María Nelfi Díaz, Nubia Stella Hurtado quien fue rescatada por el Ejército, salió viva y su imagen fue captada por los noticieros de televisión, pero durante estos años trataron de  hacerla pasar por otra persona. Nubia Stella Hurtado Torres es pues la persona que  en las imágenes aportadas por la Televisión española aparece saliendo del  palacio al lado de unos soldados. Tras ese reconocimiento, se puede decir que la persona que sale no es Lucy Amparo Oviedo Arias, como tratan de hacer creer quienes construyeron la leyenda de que esta última, había sido “desaparecida” ulteriormente por los militares que defendieron el palacio de Justicia.

María Nelfi Díaz ha declarado ser la persona a quien René Guarín identifica como su hermana en el video captada por los noticieros de televisión, pero durante estos años trataron de  hacerla pasar por otra persona. Nubia Stella Hurtado Torres es pues la persona que  en las imágenes aportadas por la Televisión española aparece saliendo del  palacio al lado de unos soldados. Tras ese reconocimiento, se puede decir que la persona que sale no es Lucy Amparo Oviedo Arias, como tratan de hacer creer quienes construyeron la leyenda de que esta última, había sido “desaparecida” ulteriormente por los militares que defendieron el palacio de Justicia.

Creemos que los acusadores se quedaron sin desaparecidos, y cuando todo se aclare saldrá a la luz publica el enorme fraude procesal que hay alrededor de este caso, y la magnitud del complot vengativo contra los militares que salvaron el Estado de Derecho en Colombia, así este tenga muchas imperfecciones.

Bogotá, Mayo de 2010

Fuente: Periodismo Sin Fronteras

 
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